REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 05 de octubre de 2009.
199º y 150º
PARTE ACTORA: GERARDO MEDINA, ALCIDES JOSE ALVARES MORLES y LUIS ALFREDO MARTINEZ DEL VALLE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cedula de Identidad Nos. 3.830.770, 6.765.670 y 5.977.503, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CARLOS VON BUREN S., LILIA MEDINA MARQUEZ y HADIEE RONALD VALERO CAMARGO, Inpreabogado Nos. 2.616, 54.599 y 57.934, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES BARARIDA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 11 de octubre de 1984, bajo el No. 80, Tomo 8-A-Pro.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: EUGENIO QUINTANA, RAMÓN AGUSTIN FRANCO ZAPATA y CARMEN ELENA FRANCO FABIEN, Inpreabogado Nos. 13.877, 4.564 y 64.542, respectivamente.
MOTIVO: Incidencia.
Vistos: Estos autos.
Conoce este Juzgado Superior el presente expediente en virtud de la apelación interpuesta en fecha 5 de agosto de 2009, por el abogado CARLOS VON BUREN, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de agosto de 2009, oída en un solo efecto el 06 de agosto de 2009.
En fecha 22 de septiembre de 2009, se dio por recibido el expediente, ordenando su devolución por faltar copia de los poderes que acreditaban la representación de las partes; una vez remitidas las referidas copias, este Juzgado Superior en fecha 29 de septiembre de 2009, le dio entrada al presente expediente y fijó para el día lunes 05 de octubre de 2009 a las 11:00 a.m., la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública.
CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL
En el acta levantada en fecha 05 de octubre de 2009 a las 11:00 a. m., con motivo de la audiencia oral y pública, se dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante por sí ni por medio de apoderado judicial alguno así como de la incomparecencia de la parte demandada.
CAPITULO II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:
“En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente”
Con vista a que la parte actora recurrente no compareció, por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia oral fijada, encontrándose las partes a derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.
CAPITULO III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 5 de agosto de 2009, por el abogado CARLOS VON BUREN, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 03 de agosto de 2009, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en un solo efecto en fecha 06 de agosto de 2009, todo en el juicio seguido por los ciudadanos GERARDO MEDINA, ALCIDES JOSE ALVARES MORLES y LUIS ALFREDO MARTINEZ DEL VALLE en contra de la empresa CONSTRUCCIONES BARARIDA, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los cinco (05) días del mes de octubre de 2009. Años: 199º y 150º.
JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
YAIROBI CARRASQUEL
SECRETARIA
NOTA: En el día de hoy, 05 de octubre de 2009, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-
YAIROBI CARRASQUEL
SECRETARIA
Asunto No. AP22-R-2009-000090
JCCA/YC/ksr
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