REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-004124
PARTE ACTORA: MARIA EUGENIA MORENO MARTINEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ASISTIDA
PARTE DEMANDADA: SAP ANDINA Y DEL CARIBE, C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GIUSEPPE MAURIELLO Y OTROS.
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO

Visto escrito de Transacción de fecha 13 de Agosto de 2009, presentado por los ciudadanos MARIA EUGENIA MORENO MARTINEZ C.I. N° V.- 9.418.922, en su condición de parte actora, debidamente ASISTIDA, por el ciudadano, LEONARDO ROSSI abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 127.032 y por, GIUSEPPE MAURIELLO abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 44.094, en su condición de apoderado judicial de la parte Demandada SAP ANDINA Y DEL CARIBE, C.A, en la Solicitud que por Calificación de Despido, interpuso la parte actora; este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. 35.919,19, de los cuales la demandante convino en que se le dedujera la cantidad de Bs. 13.339,52, quedando una suma neta de 22.579,67; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, en vista que consta en autos el pago total del monto de la transacción celebrada, se ordenara dar por terminado el presente proceso, y su consecuente remisión al archivo judicial; Asimismo y de conformidad con el articulo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se acuerdan dos (02) juegos de copias certificadas a los fines de ser entregadas a las parte (actor y demandada . Así se establece.-
La Jueza El Secretario

Abg. Vilma Leal Abg. Oscar Rojas