REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, 18 de septiembre de 2009.
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2009-014141

Visto el escrito presentado por la Abg. NADHEZTKA PONCE, Defensor Público 3° del Área Metropolitana de Caracas, a petición de los ciudadanos EVELYN ARACELIS LUCIANI PARACARE y JUAN CARLOS VELASQUEZ CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.312.309 y V-13.750.735, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de sus hijos, los niños (...), en el cual remite convenio de Obligación de Manutención de fecha 10/08/09, a favor de los prenombrados niños, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, esta Juez Unipersonal Nº 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.