REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 12
Caracas, veintitrés de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : AP51-V-2001-000737.
Vista el escrito presentado por los ciudadanos GISELLE WAINHAUZ y EDUARDO SEGUNDO WHAITE MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.683.530 y V-3.075.048, respectivamente, el día 06 de agosto de 2.009, en la cual solicitaron se levantara la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por la Juez Unipersonal No. 9 de este Circuito de Protección del Niño y del Adolescente el día 06 de junio de 2.001.
Ahora bien este Tribunal Unipersonal No. XII, de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad a lo solicitado, en consecuencia se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por la Juez Unipersonal No. 9 de este Circuito de Protección del Niño y del Adolescente el día 06 de junio de 2.001, sobre el inmueble propiedad del ciudadano EDUARDO SEGUNDO WHAITE, titular de la cédula de identidad Nos. V-3.075.048, el cual está constituido por un terreno y casa quinta sobre el construida, distinguida con el No. 443 de la unidad No. 4 del Plano General del Parcelamiento Residencial Santa Inés, Carretera vieja de Baruta del Estado Miranda, debidamente Protocolizado en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, el día 21 de septiembre de 1999, bajo el No. 3, Tomo 21, Protocolo Primero, líbrese Oficio al Registrador Subalterno del Segundo Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, comunicándole lo conducente. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en el despacho de la Juez No. XII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas 23 de septiembre de 2009.- Años 199 de la Independencia y 150 de la Federación.-
La Juez
Sara Guardia Soto La Secretaria
Adriana Mireles.
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