REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, Caracas, Treinta (30) de Septiembre de Dos Mil Nueve (2009)
199° y 150°
Visto el escrito de fecha 29 de Septiembre de 2009, suscrita por el Ciudadano VICENTE EMILIO RODRIGUEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 6.163.200, asistido por el Abogado JOSE ORANGEL ASCANIO. inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.074, mediante la cual desiste del presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, este órgano jurisdiccional de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento planteado por la parte Actora y en consecuencia se ordena el archivo del expediente. Archívese el expediente.
LA JUEZ

FLOR L. CAMACHO.
EL SECRETARIO.

CLIMACO A. MONTILLA T.





Exp. Nº 2298-09/FC/CM/a.t