REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintiocho de Septiembre de dos mil nueve
199º y 150º


SOLICITANTE: BIANEY REYNALDO RONDON ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio y portador de la Cédula de Identidad No. V-6.335.304.-
ABOGADA APODERADA: MILEIDY MARTINEZ MATA, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 128.183.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano BIANEY REYNALDO RONDON ESPINOZA, debidamente asistido por la Dra. MILEIDY MARTINEZ, antes identificados, por medio de la cual pide se haga una RECTIFICACION DE SU ACTA DE MATRIMONIO, acta ésta llevada por el Juzgado Séptimo de Parroquia del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, hoy, Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, bajo el Nº 24, de fecha 28 de Marzo de 1988, en la cual se incurrió en el error material al asentar en dicha acta el nombre del solicitante como “BIANEI REINALDO RONDON ESPINOZA”, siendo lo correcto, “BIANEY REYNALDO RONDON ESPINOZA”. Para probar lo alegado el solicitante consignó a los autos: copia de la Cédula de Identidad; copia certificada del Acta de Matrimonio y copia certificada de acta de nacimiento. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida; este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma SUMARIA la presente solicitud, en consecuencia se ordena oficiar al Juzgado Séptimo de Parroquia del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, hoy, Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que proceda a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error involuntario al señalar el nombre del solicitante como “BIANEI REINALDO RONDON ESPINOZA”, siendo lo correcto, “BIANEY REYNALDO RONDON ESPINOZA”. Y ASÍ SE DECLARA.- Expídanse por Secretaría copia certificada del presente auto y remítase con oficio a las autoridades correspondientes.-
EL JUEZ,



LUIS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.-
EL SECRETARIO,

En esta misma fecha se requieren fotostatos para proveer.-
EL SECRETARIO,


LTLS/MSU/ddr(5).
Exp: AP31-F-2009-002635