REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de septiembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO : AP21-L-2009-002227

Visto el escrito transaccional presentado en fecha trece (13) de agosto del presente año, por la parte actora ciudadano DARIO SORACIPA ALFARO, titular de la cedula de identidad N° 12.421.312, asistida por su apoderada Judicial abogada VIRGINIA DEL VALLE GRATEROL inscrita en el IPSA N°93.239, y por la parte demandada el abogado JOSE DANIEL DE ABREU PEREIRA, inscrito en el IPSA N°101.952, a través del cual llegan a un acuerdo transaccional por la cantidad de por un monto de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,00), en tal sentido y por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se acuerda la devolución de las pruebas consignadas por las partes en la Audiencia Preliminar tal y como se desprende del acta levantada por este Juzgado en fecha 04.06.2009 por ante la oficina de Depósito de Bienes. Del mismo modo se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas por las partes, conforme a lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Cúmplase. Líbrese Oficio.-
El Juez

La Secretaria

Abg. Francisco Javier Rio Barrios


Abg. Migdalia Montilla