REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA





JUZGADO SEXTO DE JUICIO

Maracaibo, 17 de Septiembre de 2009
198° y 150°


CAUSA NO. 6M-052-05 DECISIÓN No. 095-09

ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL DE MANERA UNIPERSONAL

En el día de hoy, Jueves Diecisiete (17) de Septiembre del año 2009, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), previo lapso de espera para la total comparecencia de las partes, día fijado por este Juzgado para realizar Audiencia Oral y resolver sobre las causales de Excusas, Recusaciones o Inhibiciones que se pudieran suscitar en la causa signada bajo el N° 6M-052-05, seguida en contra del acusado CARLOS ARGENIS PIRELA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos RENNY PERDOMO, YARITZA BRACHO, NATALY PERDOMO Y LITBEL RUIZ, se constituye el Tribunal, en la Sala del Despacho habilitada para tal fin, ubicada en Maracaibo, avenida 15 (Las Delicias) diagonal al Diario PANORAMA, Nivel II de la Sede del Poder Judicial, integrado por el Juez Profesional FREDDY HUERTA RODRIGUEZ, y como Secretaria Suplente, la ABOG. HEYDI SULBARAN. Seguidamente el Juez solicita a la Secretaria se sirva verificar la presencia de las partes, dejándose constancia de la asistencia del acusado de autos CARLOS ARGENIS PIRELA, la Defensora Publica 07, ABOG. NAKARLY SILVA. Se deja constancia de la inasistencia de la Fiscal 17° del Ministerio Público, ABOG. CLARITZA MATA y de la falta de quórum de Participación Ciudadana. En este estado el Tribunal una vez revisadas las actuaciones en el presente caso, observa que el presente acto se ha diferido en más de dos oportunidades por falta de quórum necesario de participación ciudadana, razón por la cual este Juzgado Sexto de Juicio procede a tomar el control jurisdidiccional y de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela de fecha 04-009-2009 Nº Extraordinario 5930, de aplicación inmediata aun a los procesos en curso o iniciados con anterioridad a su vigencia por tratarse de una norma de procedimiento, en concordancia con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda LA CONSTITUCIÓN DEL TRIBUNAL EN FORMA UNIPERSONAL para conocer del Juicio Oral y Publico en contra del al acusado CARLOS ARGENIS PIRELA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos RENNY PERDOMO, YARITZA BRACHO, NATALY PERDOMO Y LITBEL RUIZ. Se fija la realización del Juicio Oral y Público de manera Unipersonal para el día Miércoles Siete (07) de Octubre de 2009, a las Nueve y Treinta (09:30) de la mañana. Se acuerda librar boleta de notificación a las partes incomparecientes, a las víctimas, así como a los órganos de prueba ofrecidos por las partes y realizar las participaciones correspondientes. Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades exigidas, terminando el acto a las 10:30 minutos de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Se registró la presente Decisión bajo el No. 095-09, en el Libro de Resoluciones llevados por este Tribunal. Es todo. Terminó y conformes firma:
JUEZ SEXTO DE JUICIO,


FREDDY HUERTA RODRIGUEZ

LA DEFENSORA PÚBLICA,


ABG. NAKARLY SILVA
EL ACUSADO


CARLOS ARGENIS PIRELA

LA SECRETARIA,


ABOG. HEYDI SULBARAN






Causa No. 6M-052-05
FHR/h.s.-