REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 23 de abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO: PP01-S-2010-000240

Visto el acuerdo celebrada entre los Ciudadanos JAVIER ALEJANDRO RIVAS GODOY Y KEDIN JOANNY MARTINEZ VALERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 16.476.596 y 25.256.641, respectivamente, y domiciliados el primero de los nombrados en la Urbanización Altos de la Colonia, Calle Principal, Casa Nº 126-127, Guanare, estado Portuguesa, teléfono 0416-501.75.23, y la segunda en el Barrio Buenos Aires, Calle Principal, cerca de la Verdulería, Guanare estado Portuguesa, teléfono 0424-562.69.53 o 257-253.12.18 por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño, Niña, Adolescente y Familia, sobre el establecimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, del padre en beneficio de sus hijas las niñas ........., (GEMELAS) de Un (01) año de edad, respectivamente, el cual quedo fijado de la siguiente manera: “El padre buscara a sus dos hijas, en el hogar de la madre, desde los Sábados a las 9: a.m., y las regresará los Domingos a las 5:00 p.m. Ambos convienen que en lo que respecta a los días feriados, vacaciones navideñas y asuetos regionales y naciones, serán compartidos en forma alternativa y en forma conciliada por cada uno de los padres”; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de las niñas, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
DIOS Y FEDERACION
La Jueza Temporal,

Abg. Lenny Coromoto Márquez Suárez

La Secretaria,

Abg. Andreina Marrelli P
LCMS/AMP/Margarita J..