REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA SEGUNDO EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
199º y 150º
AUDIENCIA PARA OIR AL SANCIONADO
Causa Nº 468-08
JUEZ: DRA. LIZBETH KARIM LUDERT SOTO
FISCAL: DRA. VERONICA FLORES
SANCIONADO: NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA
DEFENSA: DRA. ANNERYS AVILES (Nº 01º)
DELEGADA: LIC. REBECA GUALDRO
LA SECRETARIA: ABG. ANDREINA DIAZ DIAZ
En horas del día de hoy, jueves veintinueve (29) de Abril del año dos mil diez (2010), siendo las diez (10:00) horas de la mañana, fecha y hora fijadas para que tenga lugar la Audiencia para Oír al Sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 542 de La Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en la causa seguida al joven adulto NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA. Constituido el Tribunal por la ciudadana Juez LIZBETH KARIM LUDERT SOTO y la Secretaria ABG. ANDREINA DIAZ DIAZ, quien previa solicitud de la ciudadana Jueza procedió a verificar la presencia de las partes, constatando que se encuentran presentes la ciudadana Fiscal Nº 117º del Ministerio Público DRA. VERÓNICA FLORES, el joven adulto NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, acompañado para este acto de la Defensora Pública Nº 1º DRA. ANNERYS AVILES, así mismo se encuentra presente la Delegada de Libertad Asistida, Lic. REBECA GUALDRO. Acto seguido la ciudadana Jueza toma la palabra y procede a informar al joven adulto de los derechos que le asisten en la ejecución de las medidas los cuales se encuentran contenidos en el artículo 630 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como del precepto constitucional contenido en el artículo 49, ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia se le cede el derecho de palabra al joven adulto NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, quien al efecto expone: “Soy consumidor de Marihuana ya que mi hermano mayor me da plata para comprarla, yo vivo en casa de mi hermano y mi mama vive al lado en otra casa, lo que pasa es que tuve un problema personal con ella, ya que le rompí unas cosas y estaba bajo los efectos de la droga porque ella me vino a reclamar ya que yo le pegue a mi pareja, nosotros somos siete hermanos y yo soy uno de los menores, mi hermano trabaja para la Alcaldía. Es Todo”. Seguidamente se le cede la palabra a la Lic. Rebeca Gualdro, en su carácter de delegada de Libertad Asistida, quien expone: “Yo le estoy realizando el seguimiento a NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA desde el mes de Julio del año 2009 y él venía asistiendo a sus citas con su mamá al Centro sin problemas, pero es el caso que desde el mes de Enero de este año no ha comparecido, es cuando me comunico con la madre y la misma me informa que tuvo un problema personal con él ya que el mismo estaba bajo los efectos de la droga y le rompió un poco de cosas en la casa, quiero señalar que para que el mismo sea atendido por ante la Fundación José Félix Rivas tiene que ir con un acompañante para ingresar a la Comunidad Terapéutica, porque a ellos hay que dejarlos en la mañana y retirarlos en la tarde, por lo que es importante la presencia de un familiar para poder ayudar al muchacho. Es Todo”. Seguidamente se le concede la palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público DRA. VERONICA FLORES quien expone: “En virtud de lo planteado por la delegada de Libertad Asistida, considero que es necesario abrir una incidencia probatoria a los fines de que sea citado un familiar del joven para que se comprometa a llevar al mismo a la Fundación José Félix Rivas y tratar problema de desintoxicación para el consumo de estupefacientes y una vez que la misma comparezca se proceda a fijar audiencia de cierre de incidencia. Es todo”. En este estado, se le concede el derecho de palabra a la ciudadana, Defensora Pública DRA. ANNERYS AVILES quien manifiesta: “La Defensa no tiene ninguna objeción a que se apertura la referida incidencia y que sea citado un familiar del joven para su ingreso a un centro de desintoxicación. Es todo”. OIDO COMO FUE EL SANCIONADO y OIDAS COMO FUERON LAS PARTES, ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PASA A DICTAR LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Vista la solicitud de la representante del Ministerio Público a la cual se adhirió la Defensa, escuchado lo expuesto por el joven adulto y la delegada de Libertad Asistida esta Juzgadora considera procedente la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia se acuerda APERTURAR LA INCIDENCIA, y librar boleta de citación a la ciudadana Yubisay Mediomundo en su carácter de hermana del joven y a la madre ciudadana Sonia Lamon, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal el día jueves 06-05-2010 a las 9:30 horas de la mañana a fin de involucrarlas en el proceso y lograr que éstas presten el apoyo al joven ante la Fundación José Felix Rivas. SEGUNDO: Fijar audiencia de cierre de incidencia para el día jueves 06-05-2010 a las 9:30 horas de la mañana, a los fines que se logre debatir el cumplimiento o no de la medida por parte del joven adulto. Con la lectura y firma de la presente acta, quedando debidamente notificadas las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se declaró cerrada la Audiencia siendo las once (11:00) horas de la mañana. Terminó, se leyó y estando conformes firman.
LA JUEZA
DRA. LIZBETH KARIM LUDERT SOTO
LA FISCAL ENC. 117° DEL M.P.
DRA. VERONICA FLORES
EL SANCIONADO
NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA
LA DEFENSORA PÚBLICA Nº 1
DRA. ANNERYS AVILES
DELEGADO
LIC. REBECA GUALDRO
LA SECRETARIA,
ABG. ANDREINA DIAZ DIAZ
Causa Nº 468-08
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