REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 12 de Abril de 2010
199º y 151º

ASUNTO: AP21-L-2009-001499

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente este tribunal observa que en fecha 24 de febrero de 2010 se levanto acta mediante la cual se homologo la suspensión solicitada por las partes, a los fines de que estas llegaran a un acuerdo el cual se realizó en fecha 07 de abril de 2010, mediante diligencia suscrita por los abogados ANGEL ROMERO y GILBERTO CARABALLO respectivamente, actuando como apoderados judiciales de la parte actora y demandada donde dejan expresa constancia que cancelan a la parte actora lo acordado y consignan copia del cheque n° 36019751, del Banco Banesco Banco Universal el cual esta debidamente expedido a nombre de la ciudadana MARÍA TERESA VILLASMIL. En consecuencia y visto el acuerdo suscrito por las partes se homologa el mencionado acuerdo y se ordena dar por terminado y el archivo definitivo del expediente, así como su correspondiente cierre informático. Archívese.-

El Juez

La Secretaria

Abg. Luis Ojeda Guzmán
Abg. Daniela González Velasco