REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 11° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho de abril de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : AP21-L-2010-001123
PARTE ACTORA: DEISY DEL CARMEN PEREZ.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LEONOR RIVAS DE LAREZ
PARTE DEMANDADA: INOXPLAS, C.A.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: OMAIRA TORRES
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO, INDEMNIZACION Y DAÑO MORAL.

Visto escrito de Transacción de fecha 23 de abril de 2010, presentada por los ciudadanos LEONOR RIVAS DE LAREZ abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 26.227, quien es apoderado judicial de la parte Actora ciudadana DEISY DEL CARMEN PEREZ, cédula de identidad NºV-15.574.136, y OMAIRA TORRES DEBETANCOURT, abogada, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 10.155, asistiendo en este acto al ciudadano VALTER FERNANDO MONTEIRO DE FIGUEREIDO, en su carácter de Presidente de la parte demandada INOXPLAS, C.A; este Juzgado Decimo Primero (11°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs.F. 30.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial. Así se establece.-

El Juez

El Secretario

Abg. Alcy Salazar


Abg. Tomas Mejías