REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, seis de abril de dos mil diez
199º y 151º
ASUNTO : AP21-L-2010-001302
Visto el escrito transaccional presentado por el ciudadano LUIS MANUEL DÁVILA VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V. 14.674.842, en su carácter de parte actora en el juicio por “Enfermedad Ocupacional”, debidamente asistido por la abogada en ejercicio JEANETTE STERLICCHI, IPSA Nro. 54.731, por una parte, y por la otra la abogada en ejercicio SIBEYA GARTNER, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.179 en su carácter de apoderada de la parte demandada CERVECERIA POLAR,C.A., en el cual la demandada cancela a la parte actora la suma total de Bs. 60.000,00, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, visto que el acuerdo transaccional no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público; fue celebrado por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos; en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Jueza
La Secretaria
Abog. Olga Romero
Abog. Xiomara Gelvis
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