ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-000047
PARTE ACTORA: DARWIN DAVID RODRIGUEZ LIENDO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE BOLIVAR Y ARACELIS MARQUEZ
PARTE DEMANDADA: MINDEPORTE
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EYLIN KARELIA NUÑEZ CAMARGO Y OTROS.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy nueve (09) de abril de dos mil diez (2010), siendo las 11:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar (audiencia de conciliación conforme al articulo 190 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo), se deja constancia de la comparecencia de la abogada EYLIN KARELIA NUÑEZ CAMARGO, inscrita en el IPSA bajo el Nº 129.434, en su carácter de apoderada de la parte demandada según se evidencia de poder que cursa inserto en copia a los autos y el cual es confrontado en el este acto con su original, en este estado se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION
El Juez Titular
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo
La Secretaria
Abog. Claudia Yanez.
La Apoderada de la demandada: