REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, veintinueve ( 29) de abril de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-1995-000112
Vistas las actas procesales que conforman el presente asunto y la diligencia de fecha 28 de abril de 2010, presentada por la ciudadana MIRVIDA PALMARES DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.819.053, debidamente asistida por la abogada ANA ROSA TABLANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 110.200, mediante consigna copia fotostática de las libreta N° 925692, correspondiente a la cuenta N° 01-023-010416-1 y N° 2873771, asociada a la cuenta N° 0003-0023-31-010010461 del Banco Industrial de Venezuela, igualmente consigna copia fotostática de la cédula de identidad de su hija la joven de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes, la cual cumplió la mayoría de edad; en consecuencia esta Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° 2, AUTORIZA a la ciudadana ALVANYS DEL VALLE GUERRERO PALMARES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 20.174.749, para que retire de la cuenta de ahorro N° 01-023-010416-1, asociada a la cuenta N° 0003-0023-31-010010461 del Banco Industrial de Venezuela, la totalidad de los haberes que se encuentren depositado en dicha cuenta en virtud de que la misma alcanzó la mayoría de edad. Líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de esta Circuito Judicial, a fin de realizar las diligencias tendientes al cumplimiento de lo ordenado por esta Sala de Juicio. Se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZ

Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA

Abg. ALICIA GUZMAN
RC/AG/K.