REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal Novena
Caracas, 12 de Abril de 2010.
Años: 199º de la Independencia y 151º de la Federación
ASUNTO: AP51-S-2010-004333
Revisada como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto; se observa que en fecha 16 de marzo de 2010, fue consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención presentado la ciudadana MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, actuando en su carácter de Fiscal Nonagésima Séptima (107°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en defensa de los derechos y garantías de los niños (...) y (...), hijos de los ciudadanos RICHARD JOSE NAVARRO CUELLO y LISBETH CAROLINA FERNANDEZ MOSQUERA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.288.157 y V-18.182.945, respectivamente, en el cual remiten convenimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN de fecha 10 de marzo de 2010, a favor de las prenombradas niñas, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley;
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