REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de
la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 16 de abril de 2.010
199º y 150º
ASUNTO: AP51-V-2010-000664
Vista la presente demanda de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, incoado por el ciudadano WILLIAN JESUS ROSALES MORA, titular de la cédula de identidad Nro. V.-10.634.875, en contra de la ciudadana YOLY ESTHER STIFANO MONTILLA, titular de la cédula de identidad nro. V.-14.330.351, a favor de su hija, la niña (…), de dos (2) años de edad, y visto que mediante escrito presentado en fecha 09/04/2010, por el referido ciudadano, solicita se fije un Régimen de Convivencia Familiar Provisional hasta tanto se decida el mismo en la definitiva del presente juicio; esta Juez Unipersonal Nº 11, de conformidad con lo establecido en el articulo 27 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente considera procedente dictar el siguiente Régimen de Convivencia Familiar Provisional: El padre ciudadano WILLIAN JESUS ROSALES MORA, podrá visitar a su hija, (…), dentro del hogar de los abuelos maternos, ubicado en: la urbanización Terrazas del Este, parcela 63-h, Edificio 20, Piso 3, Apartamento 3-4, Guarenas, Estado Miranda; por el espacio de tres (3) horas, un día a la semana, comprendido entre los días de Lunes a Viernes, sin interrumpir sus horas de sueño y alimentación. Se dicta el presente régimen provisional sólo en beneficio del sano desarrollo emocional del niño de autos, por lo que se exhorta a ambos padres a dar cabal cumplimiento al mismo. Asimismo, se le señala al ciudadano WILLIAN JESUS ROSALES MORA, que en cuanto al Segundo Planteamiento, se entenderá como una ampliación del libelo de demanda. Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión a los fines consiguientes. Cúmplase.-
LA JUEZ
ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS LA SECRETARIA
ABG. SORAYA ANDRADE
DRC/SA/MB**
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