REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, veintiuno (21) de abril de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: AH51-X-2010-000336
Vista la diligencia de fecha 14/04/2010, suscrita por los abogados MARLENE TRINIDAD y JHONNY BARRERA, inscritos en el Inpreabogados bajo los Nros. 34.546 y 71.148, respectivamente, apoderados judiciales de la ciudadana SHEYLA DEL MAR LLOVERA LOBO, titular de la cédula de identidad Nro. V.-11.027.354, y el pedimento contenido en la misma, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 588, numeral 1° del Código de Procedimiento Civil, se DECRETA MEDIDA DE EMBARGO E4JECUTIVO, sobre un vehículo propiedad del ciudadano ROMMEL ENRIQUE CHÁVEZ DÍAZ, titular de la cédula de identidad Nro. V.-13.112.799, cuyas características son: MARCA: Jeep, MODELO: VW6 Grand Cherokee Limited 4x4, AÑO: 2007, COLOR: Azul Místico, CLASE: Camioneta tipo Sport Wagon, PLACAS: DCW41P, SERIAL VIN: 8YHX58, SERIAL DEL CHÁSIS: 8Y8HX58N67150898, USO: Particular, hasta alcanzar el monto de CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 56.420,00), suma esta que comprende la cantidad líquida demandada y no pagada desde los meses de febrero de 2009 hasta el mes de abril de 2010, a razón de TRES MIL CIEN BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 3.100,00) cada cuota, más las costas procesales calculadas al 30%, la cual está discriminada de la siguientes manera: TRECE MIL VEINTE BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 13.020,00) que comprende el 30% de las costas procesales y CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS (Bs. 43.400,00), correspondientes a las 14 cuotas insolutas desde el mes de febrero de 2009 hasta el mes de abril de 2010, a razón del monto de TRES MIL CIEN BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 3.100,00).
En consecuencia, se ordena librar Mandamiento al Juez Distribuidor de los Juzgados Ejecutores de Medidas de caracas, a fin de que procedan a embargar el precitado vehículo, hasta alcanzar le cantidad antes descrita. Líbrese Despacho. Así mismo hágase entrega de dicho mandamiento a la abogada MARLENE TRINIDAD identificada en autos. Cúmplase con lo ordenado.-
La Juez
La Secretaria
Abg. Sara Guardia Soto
Abg. Adriana Mireles


AH51-X-2010-000336
SGS/AM/Héctor Marín