REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 12
Caracas, 22 de Abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-005149
Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente la copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio siete (07), del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos ALBA ROSA BALLESTAS, venezolana, titular de la cédula de identidad número. V.-15.725.781 y YUSNEYRY DAYANA MOLINA SALAS, venezolana, titular de la cédula de identidad número. V.-19.926.300. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al niño, hijo del De Cujus GERARDO ANTONIO MOJICA URBINA, quien en vida era de Nacionalidad Venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.991.277, quien falleció en fecha 17 de febrero de 2010; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por Secretaría. Cúmplase con lo ordenado.
LA JUEZ,
ABG. SARA GUARDIA SOTO.
LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA MIRELES
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