REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 13
Caracas, 23 de Abril de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-005822
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial (URDD), anótese en los libros respectivos, acéptese y désele entrada. Visto el Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, presentado por el ciudadano RONALD RODRIGUEZ, en su carácter de Defensor del Niño, Niña y del Adolescente adscrito a la Fundación de Acción Social de la Alcaldía de Caracas, a petición de los ciudadanos PEDRO MANUEL CHIRINOS MORALES y LISBETH DEL VALLE GUTIERREZ, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-10.476.320 y V.-11.138.265, respectivamente, a favor de su hijos SE OMITE LA IDENTIFICACION; esta Sala de Juicio, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y en consecuencia, HOMOLOGA en los mismos términos expuestos por las partes, el presente Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio a la Oficina de Atención al Público, remitiendo copia certificada de la presente homologación. Cúmplase.
LA JUEZ,

ABG. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN.
LA SECRETARIA,

ABG. SALLY GUERRERO
AP51-S-2010-005822
JQA/SG/Oswaldo Palacios