REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL N° 13.

Caracas, 27 de abril de 2010.
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-005748

Vistas las actuaciones anteriores y oída la aceptación y juramentación hecha por el CURADOR AD- HOC, ciudadana REBECA IBET HIDALGO TRUJILLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V.-2.962.858, así como la manifestación de que la adolescente y los niños SE OMITE LA IDENTIFICACION, respectivamente, no posee bienes propios, en consecuencia este Despacho Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de las facultades conferidas en el Parágrafo Cuarto, literal “e” del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y de conformidad con el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de CURADOR AD HOC de la adolescente y los niños SE OMITE LA IDENTIFICACION, a la ciudadana REBECA IBET HIDALGO TRUJILLO, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo. Y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley, devuélvanse el original consignado. Líbrese oficio a la OAP a los fines de remitirle las copias certificadas respectivas. Cúmplase lo ordenado, una vez que a parte interesada haya consignado los fotostátos correspondientes.
LA JUEZA

ABG. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA
ABG. SALLY GUERRERO

Exp. Nº: AP51-S-2010-005748.Curatela.
JQ/SG/Kristian Castellanos