REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Jueza Unipersonal Nº 15
Caracas, 30 de Abril de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2010-001646

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos, ante quien se identificó a su firmante, el ciudadano WILLIAM ENRIQUE DUGARTE TANZI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.111.557, actuando en su calidad de heredero y en representación de los co-herederos ANTONIO MIGUEL DUGARTE TANZI, JOHN ALEXANDER DUGARTE HERNANDEZ, MARTHA CAROLINA DUGARTE DE SOUSA y YHUANNI MORETZA PEÑA DE DUGARTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.380.060, V- 15.545.688, V-18.833.848 y V-12.917.291 respectivamente y del niño (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNNA),, debidamente asistido por la abogada ELIZABETH FIDALGO NUNES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.843.

Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 548 del niño de autos suscrita por la Registradora Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda; Copia Certificada del Acta de Defunción N° 11, Tomo I del año 2010, del ciudadano ANTONIO DUGARTE SANCHEZ, quien era titular de la cédula de identidad N° 3.550.216; Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 1433 del ciudadano JOHN ALEXANDER suscrita por la Secretaria de la Prefectura del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda; Copia Certificada del Acta de Nacimiento N° 2866 del ciudadano ANTONIO MIGUEL suscrita por el Jefe Civil de la Parroquia Santa Rosalia del Municipio Libertador; Copia fotostática del Acta de Nacimiento N° 1046 de la ciudadana YHUANNI MORETZA suscrita por el Jefe Civil de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador; Copia Fotostática del Acta de Nacimiento N° 393 del ciudadano WILLIAM ENRIQUE suscrita por la Registradora Principal del Distrito Federal hoy Distrito Capital; Copia Fotostática del Acta de Nacimiento N° 765 de la ciudadana MARTHA CAROLINA suscrita por el Prefecto del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda; Copia Fotostática de las cédulas de identidad de los ciudadanos YHUANNI MORETZA PEÑA DE DUGARTE (Cónyuge); WILLIAM ENRIQUE DUGARTE TANZI; JOHN ALEXANDER DUGARTE HERNANDEZ; ANTONIO DUGARTE SANCHEZ (De Cujus); ANTONIO MIGUEL DUGARTE TANZI; y MARTHA CAROLINA DUGARTE DE SOUSA; y apreciadas las declaraciones de los testigos promovidos por el solicitante, ciudadanos NELCY MARIA CARMONA MONTAÑO y LAURA DEL VALLE ECHEVERRIA ANZOLA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.631.416 y V- 12.060.032 respectivamente.

En consecuencia, esta Jueza Unipersonal XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano ANTONIO DUGARTE SANCHEZ, quien era titular de la cédula de identidad N° 3.550.216, a sus hijos WILLIAM ENRIQUE DUGARTE TANZI, ANTONIO MIGUEL DUGARTE TANZI, JOHN ALEXANDER DUGARTE HERNANDEZ, MARTHA CAROLINA DUGARTE DE SOUSA, su cónyuge YHUANNI MORETZA PEÑA DE DUGARTE ut supra identificados, y al niño (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNNA). Así se declara.
LA JUEZA,

LA SECRETARIA,
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ

ABG. CIOLIS MOJICA

YCH//CM//malena*
AP51-S-2010-001646