033-10
En el día de hoy, Veintidós (22) de Abril del Dos Mil Diez (2010), siendo las 08:45 de la mañana, se trasladó y constituyó la Abogado, NELA PASQUALI VESPA, Juez Provisorio Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas y la Secretaria, Abogada. MARIELEN RODRIGUEZ, en compañía del apoderado actor, Abogado, RAFAEL DARIO MADRID, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.23.191, así como del auxiliar de justicia designado por este Juzgado, ciudadano, WILFREDO FIGUERA, como perito avaluador, titular de la Cédula de Identidad Nº.4.334.518, quién aceptó el cargo y prestó el juramento de ley, tal y como consta del libro de actas llevado al efecto; en la siguiente dirección: ESTACIONAMIENTO SARACENA, ubicado en la Avenida Sur 10, esquinas de Cochera a Pescador, Casa N°55, Urbanización San Juan, Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital; a fin de dar cumplimiento a la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Cuarto de Municipio de esta Circunscripción Judicial, con motivo del Juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, sigue GENERAL MOTORS ACCEPTANCE CORPORATION DE VENEZUELA, C.A., contra DAVID ALFREDO SALAS. Presente una persona que dijo ser y llamarse, FRANCISCO EUGENIO CASAÑAS AMARO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº.V-10.796.111, quien impuesto de la misión del Tribunal manifestó ser el encargado del Estacionamiento donde se encuentra constituido el Tribunal e inmediatamente puso a la vista de este Juzgado el vehículo objeto de la presente medida. En este estado el perito avaluador designado, WILFREDO FIGUERA, antes identificado, expone: “Luego de haber realizado el respectivo avalúo al vehículo objeto de la presente medida le asigno un avalúo prudencial al mismo en la cantidad de Sesenta Mil Bolívares, y dejo expresa constancia que las características y condiciones que presenta el mismo son las siguientes: Guardafango derecho chocado, el parachoques delantero se encuentra chocado, el frontal está roto, la puerta izquierda delantera tiene un rayón, la puerta izquierda trasera tiene una abolladura; tiene batería, se desconoce su funcionamiento, no tiene caucho de repuesto, no tiene cornetas, y se desconoce su funcionamiento en general, la pintura se encuentra deteriorada y la tapicería se encuentra en regular estado, es todo.” Seguidamente este Juzgado en cumplimiento de su misión pasa a hacer la ENTREGA MATERIAL, real y efectiva del siguiente vehículo: Clase: Camioneta; Tipo: Sport Wagon; Marca: Chevrolet; Año:1997, Modelo: Blazer; Color: Azul; Serial del Motor:9VV331396; Serial de Carrocería: 8ZNDT13W9VV331396, Placa:DAK54D; a la parte actora representada en este acto por su Apoderado Judicial, RAFAEL DARIO MADRID, quien expone:”En nombre de mi representada recibo conforme el vehículo antes identificado, en las condiciones descritas por el perito avaluador designado, es todo.”. Este Juzgado ordena expedir copias certificadas del presente Despacho íntegro a fin de que las mismas reposen en los archivos de este Juzgado para su debido control. El Tribunal deja expresa constancia que la práctica de la presente medida no causó para este Tribunal ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno de conformidad a lo establecido en el Acuerdo de fecha 20-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Siendo las 09:55 de la mañana, se declara concluido el presente acto y se ordena el regreso a su sede. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO

ABG. NELA PASQUALI VESPA

EL APODERADO ACTOR

EL NOTIFICADO, FRANCISCO CASAÑAS

EL PERITO


LA SECRETARIA

ABG. MARIELEN RODRIGUEZ R.