REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS
Seguidamente, en el día de hoy veintiocho (28) de abril del año dos mil diez (2010), siendo las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana (09:45 a.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA ZULAY BRAVO DURAN y la ABOGADA NELLY VARGAS ROSALES, SECRETARIA ACCIDENTAL; en compañía y a solicitud de la parte actora CARLOS AUGUSTO LÓPEZ DAMIANI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.216, en su carácter de endosatario en procuración de SYLVIA RIQUEZES; en la siguiente dirección señalada por la actora: Banco Bicentenario Banco universal, oficina San Bernardino, ubicado en el Edificio Oficentro, Nivel Planta Baja, Urbanización San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de continuar con la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada y ordenada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACÓN) sigue SILMAR NAVAS MARCANO en su carácter de endosataria en procuración de SYLVIA RIQUEZES contra LELIS GONZÁLEZ FERMÍN y MARÍA CAROLINA MARÍN de GONZÁLEZ; expediente N° AH13-X-2009-000104; recibida por este Juzgado mediante proceso de distribución de fecha 02 de febrero de 2010.- Seguidamente en el lugar supra identificado, el Tribunal notificó de su misión a la ciudadana CARMEN CECILIA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.316.421, en su carácter de Sub-Gerente del Banco Bicentenario, Banco universal.- En este estado la parte actora ejecutante, antes identificado, expone: “Señalo para ser Embargada Preventivamente la cantidad decretada por el comitente de DOSCIENTOS MIL NOVECIENTOS DOS BOLIVARES CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 200.902,51) disponible en la cuenta Corriente N° 7991056779910567, de la cual es titular el codemandado LELIS GONZÁLEZ FERMÍN, en la presente Institución Bancaria, cantidad ésta que corresponde al saldo del monto decretado por el Comitente y el embargo realizado previamente por este tribunal ejecutor.- Es todo”.- Acto seguido la sub-gerente notificada, antes identificada, expone: “Informo al Tribunal que de la revisión realizada al sistema computarizado llevado por esta Institución, que esa numeración no pertenece a las cuentas de esta Institución financiera.- Es todo”. En Este estado la parte actor ejecutante, antes identificado, expone: “Vista la manifestación de la notificada, solicito a este tribunal ejecutor se abstenga de practicar la medida de embargo preventivo en esta oportunidad, reservándome el derecho de señalar bienes propiedad de la parte demandada para ser embargados en otra oportunidad la cual solicitaré previamente por escrito a este Juzgado. Es todo”.- Vista la solicitud formulada por el apoderado judicial de la parte actota ejecutante, este Tribunal acuerda de conformidad y en consecuencia se abstiene de practicar la medida comisionada en esta oportunidad y ordena mantener la comisión en el archivo.Se ordena expedir por Secretaría copia certificada de la comisión, su carátula y de la presente acta para ser agregadas al Copiador de Actas llevado en este Tribunal.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 10:30 P.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
ABG. ZULAY BRAVO DURÁN
LA NOTIFICADA
LA PARTE ACTORA ECUTANTE
LA SECRETARIA ACC.,