REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy Jueves, Veintidós (22) de Abril del año Dos Mil Diez (2010) siendo las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30 a.m.) se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía del Secretario Accidental, Johnny Alvert Espinoza, del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado Jaime Sabal, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.898, del representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., y del Perito Avaluador, ciudadanos Carlos Rivas y Alfredo González, identificados con las cédulas de Identidad Nros. V-6.318.092 y V-3.530.123 respectivamente, designados por éste Juzgado quienes estando presentes en éste acto aceptaron los cargos y prestaron juramento de ley, y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, ciudadano: Gruver Malave, cédula de identidad nro. 11.197.432, placa nro. 8697, adscrito a la División Motorizada en la siguiente dirección: “Un (01) local de oficina identificado con el Nº 17-A y B, ubicado en el piso diecisiete (17) de la Torre “A” del Edificio denominado Centro Plaza, situado en la avenida Francisco de Miranda, Municipio Chacao del Estado Miranda, Caracas”; a objeto de practicar la medida de SECUESTRO decretada por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Resolución de Contrato, sigue Radio Producciones 40, C.A., contra Fosagro, C.A. en la persona del ciudadano Enrique José Montes París, expediente Nº AP31-V-2010-000459.- Seguidamente en el lugar supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, sin ser atendido su llamado por persona alguna.- En este estado el Apoderado Judicial de la Parte Actora, expone: “ Por cuanto no se encuentra persona alguna en el inmueble que permita su acceso, solicito del Tribunal designe cerrajero para que proceda a abrir las puertas a los fines de materializar la medida”.- Es Todo.- Vista la solicitud el Tribunal designa cerrajero al ciudadano: Ruotolo Vicente, Venezolano, mayor de edad e identificado con la cédula de Identidad Nº V-6.170.595, quien estando presente aceptó el cargo y prestó juramento de ley; procediendo de seguidas a abrir las puertas del inmueble utilizando medios mecánicos para ello.- Abiertas las puertas por parte del cerrajero designado y en el interior del inmueble el Tribunal deja constancia que recorridas como fueron todas sus áreas no se encontró persona alguna, sólo la existencia de bienes muebles los cuales son inventariados por los auxiliares de Justicia, en la Hoja de Inventario anexa que forma parte integrante de la presente acta. Acto seguido el Tribunal Ejecutor deja constancia que por cuanto no se ha hecho presente persona alguna que acredite ser propietario de los bienes muebles identificados y avaluados en la presente acta, se ordena constituir Depósito Necesario del mismo, colocándolo en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A, en la persona de su representante Carlos Rivas, antes identificado, quien procede a su retiro y traslado al Galpón Nº 2 de la Calle Real de Alta Vista, Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital; utilizando para su embalaje y traslado el personal obrero y transporte suministrado, Camión GMC-7000, placa A79AGDA, conducido por el ciudadano: Héctor Trompetero, cédula de Identidad Nº 5.756.641. - Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada, declara SECUESTRADO el siguiente bien inmueble: “Un (01) local de oficina identificado con el Nº 17-A y B, ubicado en el piso diecisiete (17) de la Torre “A” del Edificio denominado Centro Plaza, situado en la avenida Francisco de Miranda, Municipio Chacao del Estado Miranda, Caracas” y lo coloca en posesión de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A, en la persona de su representante Carlos Rivas, antes identificado, quien toma posesión del inmueble antes referido en nombre de su representada, avaluado prudencialmente por el perito Avaluador, en la cantidad de (Bs. 900.000,oo).- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal Ejecutor para lo cual fue comisionado, se acuerda la devolución de la presente Comisión a Causa.- Da por terminado el acto, ordenando el regreso a su sede siendo las (12:30 pm.). Terminó; se leyó y conformes firman.-
Juez Titular
El Apoderado Judicial de
La Parte Actora

Representante de la
Depositaria Judicial
Perito Avaluador
El cerrajero
El Funcionario de
La Policial Metropolitana
El Secretario
Accidental.



Comisión: 2084-10
MCCM/Clar.-




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

INVENTARIO FISICO DE BIENES MUEBLES
El presente formato es el anexo _01__de _01 del acta de la medida de Secuestro, practicada en fecha 22 de Febrero del 2010,
por éste juzgado ejecutor, Comisión N° 2084-10, realizada por el Perito Avaluador designado: Alfredo González , C.I.N° 3.530.123

N° CANT DESCRIPCION VALOR UNIDAD Bs VALOR TOTAL Bs
1 1 Caja Fuerte, Marca Detroit, Color Marrón, Material Hierro (Abierta y Vacía) 2.000°° 2.000°°
2 2 Impresora, Marca Lexmar, Marca Epson, Colores Gris y Negro 500°° 1.000°°
3 1 Afiche Marco de Madera Color Negro Con Mapa de Venezuela 10°°
4 3 Sillas Pegadas Material de Tela y Hierro colores Verde y Negro 40°°
5 1 Modulo de Formica para Recepción con Dos Tramos Color Gris 50°
6 1 Florero de Vidrio Cilíndrico con Siete Girasoles Plásticos 5
7
8
9
10
11
12
13
14
Total 3.105°°
El Perito Avaluador La Secretaria El Juez Ejecutor
Ejecutante Ejecutado