REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, trece (13) de abril de dos mil diez (2010)
199º y 151º
ASUNTO: AP31-S-2010-1255
SUCESORES: MARTHA DE LOS ÁNGELES CARPIO DE MÁRQUEZ, DORIS FRANCIS MÁRQUEZ FLORES y NELSON JESÚS MÁRQUEZ TORO
CAUSANTE: NELSON GUSTAVO MÁRQUEZ TORO
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Tramitada como ha sido la solicitud interpuesta por los ciudadanos MARTHA DE LOS ÁNGELES CARPIO DE MÁRQUEZ, DORIS FRANCIS MÁRQUEZ FLORES y NELSON JESÚS MÁRQUEZ TORO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédula de Identidad números V- 6.138.224, V- 10.692.803 y V- 16.096.819, asistidos por la abogada Carmen Gutiérrez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 74.859, actuando en carácter de viuda e hijos, en el mismo orden, de quien fuera el ciudadano NELSON GUSTAVO MÁRQUEZ TORO, fallecido ab intestato el 6 de diciembre de 2009; con la evacuación de las testimoniales de los ciudadanos Josué Alexander Palacios e Isledy Griselda Rodríguez Ruiz, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Municipio Libertador del Distrito Capital y titulares de la Cédula de Identidad números V- 17.311.515 y V- 6.203.048, respectivamente, quienes de forma conteste y sin incurrir en contradicciones respondieron favorablemente a la pretensión de los solicitantes, las preguntas contenidas en el escrito que dio inicio al presente expediente; y analizados los siguientes recaudos presentados por los solicitantes: 1) Copia certificada de Acta de Defunción N° 1659, levantada el 8-12-2009, con ocasión del fallecimiento de NELSON GUSTAVO MÁRQUEZ TORO, el día 6-12-2009, expedida por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual se dejó constancia de que su Cédula de Identidad era el No. 3.150.366, casado con Marta Carpio y que dejaba dos hijos de nombres Doris y Nelson, mayores de edad; 2) Copia certificada de Acta de Matrimonio contraído por los ciudadanos Nelson Gustavo Márquez Toro y Martha de Los Ángeles Carpio Mogollón; 3) Copias certificadas de Actas de Nacimiento de NELSON JESÚS y DORIS FRANCIS, presentados como hijos de los ciudadanos Aura Jesús Flores de Márquez y Nelson Gustavo Márquez Toro; 4) Copias simples de la Cédula de Identidad de los Solicitantes, así como de su causante, con los números antes indicados. Analizados como han sido tanto las declaraciones realizadas, como los documentos relacionados, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus NELSON GUSTAVO MÁRQUEZ TORO, a los ciudadanos MARTHA DE LOS ANGELES CARPIO DE MÁRQUEZ, NELSON JESÚS MÁRQUEZ FLORES y DORIS FRANCIS MÁRQUEZ FLORES, antes identificados, en su condición de viuda e hijos del referido de cujus, en el mismo orden nombrados. Devuélvanse las presentes actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes y déjese copia certificada de la decisión. Expídanse las copias certificadas que fueren requeridas antes del retiro del expediente, de conformidad a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa la consignación de los recaudos respectivos y de la diligencia por las cuales sean solicitadas.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada a los trece (13) días del mes de abril de dos mil diez (2010), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,
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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA Acc.,
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Abg. CAROLINA ALARCON REAÑO.
En esta misma fecha (13-04-2010), siendo las 9:10 horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA Acc.,
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