REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ( 08) de Abril de 2.010
200° y 151°
Vista la anterior solicitud y las declaraciones testimoniales promovidas y evacuadas a tal efecto, este Tribunal sin perjuicio de aquellos terceros que pudieran tener un igual o mejor derecho; y de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Titulo suficiente que acredita a los ciudadanos: VICTORIA DEL CARMEN ALBORNOZ Y VICTOR JOSE SOSA, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.438.902, y V-1.861.124, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus ciudadano: VICTOR JOSE SOSA ALBORNOZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.683.492 quien falleció en el Hospital Periférico de Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 14 de Septiembre de 2009. Expídanse las copias certificadas solicitadas, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código Procedimiento Civil.-
LA JUEZ.

Dra. INDIRA PARIS BRUNI.
LA SECRETARIA.


ABG MARIELA ARZOLA PADILLA.


IPB/MAP/antonio
Exp. N° AP31-S-2010-001554.-