REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Exp. N° 01-1854

PARTE DEMANDANTE: GEREAL MOTORS ACCEPTANCE CORPORATION DE VENEZUELA, C.A., Sociedad Mercantil, domiciliada en Caracas, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de Diciembre de 1.987, bajo el Nº 53, Tomo 80-A-Pro.-

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: AZAEL SOCORRO MORALES, HUGO NIÑO ESCALONA, JAVIER GARCIA APONTE y ANNETH SOCORRO MORALES, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 20.346, 17.839, 75.032 y 54.191.-

PARTE DEMANDADA: LUIS ALFREDO DE HERNANDO, Venezolano, mayor de edad, domiciliado en Jurisdicción del Estado Anzoátegui, y titular de la cédula de identidad Nº 13.308.238. NO TIENE APODERADOS JUDICIALES CONSTITUIDOS EN LOS AUTOS.-

MOTIVO: DESALOJO.-

Vista las actuaciones que anteceden, y de una revisión efectuada al presente expediente, se observa que desde el día 20 de Enero de 2.008, hasta la presente fecha, ha transcurrido más de un (1) año, sin que ninguna de las partes haya efectuado algún acto de procedimiento en el presente juicio, por lo tanto, este Tribunal en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 269 ejusdem, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente proceso.-
Por lo que este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente proceso conforme a las normas citadas.-

REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION EN EL COPIADOR DE SENTENCIA DE ESTE JUZGADO.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Caracas a los 08 días del mes de Abril del año Dos Mil Diez (2.010). Años 199° y 151°.-
LA JUEZ,

Dra. INDIRA PARIS BRUNI.-
LA SECRETARIA,


ABG. MARIELA ARZOLA P.-
En esta misma fecha y siendo las 10:00 de la mañana, se registró y publicó la anterior decisión.-
LA SECRETARIA,



IPB/MAP/damaris
Exp. N° 01-1854