REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, ______________ (_______) de Abril de 2010.
Años: 199° y 150°
Vistas las actuaciones que anteceden; este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana ANA ROSA ROBLES MOROCOIMA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.290.685, sobre las bienhechurías construidas en un terreno de propiedad privada, constituida por una casa ubicada en la Carretera Petare-Santa Lucia, Km. 16, Sector 12 de Febrero, Parroquia Filas de Mariches, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, la cual tiene una superficie de once (11 mts) de largo y once (11 mts) de ancho. Dicha casa consta de dos (02) plantas, distribuida de la manera siguiente: Primera Planta: dos (02) habitaciones, una (01) sala, un (01) baño, una (01) sala-comedor y una (01) cocina. Segunda Planta: dos (02) habitaciones, un (01) lavandero y un (01) porche. Totalmente construida en bloque, con piso de cerámica, techo de platabanda, escaleras internas, servicio de agua y luz empotradas, de aseo urbano.
Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud, la cual procede redactada por la Abogado Olmary Larrea Olalla, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.080, déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
LA JUEZ.
Dra. MARIA A. GUTIÉRREZ. C
LA SECRETARIA.
Abg. DILCIA MONTENEGRO P.
MAGC/DM/Luis
Exp. AP31-S-2010-000990