REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ________________ (___) de Abril de 2010
Año 199º y 150º
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones, TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus: ANA MARTINEZ DE ALBI, quien falleciera ab-intestato, 21 de Julio de 2007, a favor de los ciudadanos: JOSE ALBI MARTINEZ, MYRIAM ALBI MARTINEZ, CARLOS ALBI MARTINEZ y RICARDO ALBI MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Caracas, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V- 5.220.964, V- 6.550.792, V- 9.488.893 y V- 10.867.728, respectivamente, en su condición de hijos de la De Cujus. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su asiento en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado, todo sin perjuicios de terceros.
LA JUEZ,
Dra. MARIA A. GUTIÉRREZ C.
LA SECRETARÍA
Abg. DILCIA MONTENEGRO
MAGC/DM/Luisana
Exp. AP31-S-2009-003001