REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DECIMOTERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, ___________________ (_____) de Abril de 2010.
199º y 150º

Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones, TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus: LUÍS JOSÉ TOMAS TOMAS, quien falleciera ab-intestato, 21 de Febrero de 2010, a favor de los ciudadanos: JOSÉ LUÍS, ALEXIS FRANCISCO y JANINE CAROLINA, TOMAS GIFFARD y MARIA JENNY GIFFARD DE TOMAS, titulares de las cédulas de identidad N°s V-7.950.435, V-10.116.382, V-12.638.024 y V-2.116.703, en su condición de hijos y esposa respectivamente del aludido de cujus.- Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su asiento en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado.-
LA JUEZ,
LA SECRETARÍA,

Dra. MARIA A. GUTIÉRREZ C.
Abg. DILCIA MONTENEGRO.




Exp. Nº AP31-S-2010-001343
MG/DM/JP