REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 15 días del mes de Abril del año dos mil diez (2.010).
Años 199º de la Independencia y 151º de la Federación.

Promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de los ciudadanos ELEIN COROMOTO FUENMAYOR PALACIOS, JOSÉ GREGORIO FUENMAYOR PALACIOS, MILVIS CAROLINA GOICOCHEA PALACIOS, RAUL ANTONIO FUENMAYOR PALACIOS y MARYURI GOICOCHEA PALACIOS, venezolano , mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-12.748.921, V-15.342.739, V-6.172.106, V-12.484.355 y V-10.508.198, respectivamente, ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DE CUJUS ISABEL TERESA PALACIOS HERMOSO, quien en vida era titular de la cédula de identidad Nº V-3.236.192. Expídanse por Secretaría copias certificadas de la presente solicitud y devuélvanse las presentes actuaciones en original junto con las copias certificadas a los solicitantes a los fines de ley. Cúmplase.