REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal 20 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve (09) de agosto de dos mil diez (2010)
200° y 151°

ASUNTO: AP21-L -2010-002409

Visto el escrito Transaccional, presentado en esta misma fecha 09 de Agosto de 2010, por los Abogados SIMON JURADO IPSA N° 76.855 y ALVARO GARRIDO, IPSA N° 29.793, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de la parte demandada y actora respectivamente, constante de tres (3) folios, donde la parte demandada hace entrega de cheque N° 30075949, por la cantidad de Bs, 25.000,00 a favor del ciudadano DAILY PAREDEZ , girado contra el BANCO BANESCO, asimismo consigna copia del cheque constante de un (1) folio y a su vez solicitan homologación, cierre y archivo del expediente, este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Todo en la causa seguida por DAYLY PAREDES GARRIDO contra INVERSIONES JAPON 33 C.A. ( KATO SUSHI)


El Juez

El Secretario

Abg. Miguel Humberto Yilales Zurita


Abg. Henry Jesús Castro Sánchez