REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce de agosto de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: AP21-L-2010-003520

Vista diligencia suscrita en fecha 11 de agosto de 2010, por la abogada LAURA VEIGA HERNÁNDEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº75.469, en su carácter de apoderada judicial de la parte Accionante ciudadano EDUARDO PICÓN ITURRIZA, cédula de identidad NºV-6.914.748, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoare en contra de las sociedades mercantiles STANFORD CROUP VENEZUELA ASESORES DE INVERSIÓN C.A., STANFORD CORPORATE SERVICES (VENEZUELA), TORRE SENZA NOME VENEZUELA C.A.; BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, BANCO UNIVERSAL (BNC), y STANFORD GROUP VENEZUELA C.A., mediante la cual Desiste del Procedimiento incoado en contra de la personas jurídicas codemandadas: STANFORD CORPORATE SERVICES (VENEZUELA) y STANFORD GROUP VENEZUELA C.A., este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verifica el instrumento poder que cursa en autos y observa que la profesional del derecho posee la facultad expresa para desistir del procedimiento, razón por la cual este Tribunal procede a HOMOLOGAR el Desistimiento del Procedimiento manifestado con respecto a las personas jurídicas supra indicadas. Así se decide.-

La Juez


Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
La Secretaria

Abg. Jossy Pérez