REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 05 de agosto de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP41-U-2010-000116 INTERLOCUTORIA Nº 96.-

Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 22 de febrero de 2010, por el ciudadano Ronald Colman V, titular de la cédula de identidad Nº 6.897.352 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 37.594, procediendo en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente “PRODUCTORA DE GAS CARBÓNICO, S.A.”, inscrita en el Registro de Información Fiscal Nº J-00066739-0, en contra de la Resolución de Multa Nº SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2010/0073 de fecha 15 de enero de 2010, notificada en fecha 20 de enero de 2010, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual declara SIN LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto en fecha 01 de octubre de 2008 por la contribuyente supra mencionada y en consecuencia se confirmaron los actos administrativos contenidos en la Resolución de imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios Nº SNAT/INTI/GRTICERC/DR/ACOT/RET/2008/10 de fecha 21 de agosto de 2008, y las subsiguientes Planillas de Liquidación de fecha 21 de agosto de 2008 por la cantidad de 406,12 U.T., por concepto de multa y la cantidad de Bs.F. 371,13 por concepto de intereses moratorios tal como se muestra a continuación:

Periodo Planilla de Liquidación Notificación Multa U.T. Intereses Moratorios Bs.F.
Febrero/2004 2 11-10-01-2-27-006532 8015006532 26,60 23,36
11-10-01-2-38-005725 8015005725
Marzo/2004 2 11-10-01-2-27-006539 8015006539 80,04 71,99
11-10-01-2-38-005732 8015005732
Abril/2004 2 11-10-01-2-27-006534 8015006534 40,68 37,57
11-10-01-2-38-005727 8015005727
Mayo/2004 2 11-10-01-2-27-006537 8015006537 54,95 48,69
11-10-01-2-38-005730 8015005730
Junio/2004 2 11-10-01-2-27-006536 8015006536 65,53 57,82
11-10-01-2-38-005729 8015005729
Octubre/2004 2 11-10-01-2-27-006542 8015006542 41,72 33,89
11-10-01-2-38-005735 8015005735
Febrero/2005 2 11-10-01-2-27-006533 8015006533 2,24 2,25
11-10-01-2-38-005726 8015005726
Marzo/2005 1 11-10-01-2-27-006538 8015006538 19,58 19,46
11-10-01-2-38-005731 8015005731
Abril/2005 1 11-10-01-2-27-006541 8015006541 5,50 5,11
11-10-01-2-38-005734 8015005734
Julio/2006 1 11-10-01-2-27-006540 8015006540 67,68 69,26
11-10-01-2-38-005733 8015005733
Diciembre/2006 1 11-10-01-2-27-006535 8015006535 1,60 1,73
11-10-01-2-38-005728 8015005728
TOTALES 406,12 371,13

Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1º) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los cinco (05) días del mes de agosto del año dos mil diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón. El Secretario,

Abg. Félix José España González.-




ASUNTO Nº AP41-U-2010-000116.-
JSA/ith.-