REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 13 de agosto de 2010
200º y 151º

Visto el escrito de promoción de Pruebas, presentado en fecha 09/08/2010 por la ciudadana María Auxiliadora Venturini, en su carácter de Apoderada Judicial de la recurrente “LABORATORIOS CHACAO”, mediante la cual promueve el Merito Favorable de los autos, este tribunal hace la siguiente consideración:
En fecha 22 de Julio de 2010, este tribunal admitió el referido recurso, aperturandose el día 23/07/2010, Ope Legis, el lapso de Promoción de Pruebas, venciéndose el mismo el 05/08/2010.
Con base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal considera que el escrito de promoción de pruebas antes señalado, ha sido interpuesto en forma extemporánea. Así se declara
En virtud de la precedente declaratoria se INADMITEN las pruebas presentadas.
El Juez Titular,

Ricardo Caigua Jiménez
La Secretaria Suplente,

Abighey Carolína Díaz Gaster
Asunto Nº: AP41-U-2008-000734
RCJ/acdg