REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, dos (2) de agosto de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP31-S-2010-003364
SUCESORES: JEISY GERALDINE GUAINA MACHADO y JESUS ALBERTO GUAINA MACHADO.
CAUSANTE: SILVIA ELENA MACHADO MANRIQUE.-
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada por los ciudadanos JEISY GERALDINE GUAINA MACHADO y JESUS ALBERTO GUAINA MACHADO, titulares de la Cédula de Identidad números V-18.109.985 y V-21.072.662, asistidos por la abogada Gloria Maria Herrera Palacios, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 38.221, quienes consignaron recaudos y promovieron testimoniales con la finalidad de que se les declare como únicos y universales herederos de SILVIA ELENA MACHADO MANRIQUE, fallecida el (4) de octubre de 2009, quien fuera venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.852.357. Fueron evacuadas las testimoniales de los ciudadanos Yunis Teresita Vegas Sequera y Carmelo López Franco, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Caracas, Distrito Capital y titulares de la Cédula de Identidad números V-3.876.032 y V-4.039.716, quienes de forma conteste y pertinente respondieron favorablemente a la pretensión de los solicitante, las seis (6) preguntas contenidas en el escrito que dio inicio al presente expediente, según se desprende de las actas levantadas el 19 de julio de 2010, cursantes al expediente. Los solicitantes consignaron los siguientes recaudos: 1) Copias certificadas de las partidas de nacimiento de los ciudadanos JEISY GERALDINE GUAINA MACHADO y JESUS ALBERTO GUAINA MACHADO, presentados ante la Parroquia 23 de enero, del Municipio Libertador del Distrito Capital, como hijos de los ciudadanos Jesús Alberto Guaina Boyer y Silvia Elena Machado Manrique; 2) Copia certificada del Acta de Defunción Nº 2325, levantada el 05 de octubre de 2009, en la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, con motivo de la declaratoria de fallecimiento de quien fuera la ciudadana SILVIA ELENA MACHADO MANRIQUE, el día 4-10-2009, en la cual se dejó constancia que era de estado civil soltera y que dejaba dos (2) hijos de nombres: Jesús Alberto y Jeisy Geraldine. Del análisis de las declaraciones de los testigos promovidos, así como de los documentos relacionados, se concluye que son suficientes para declarar lo pretendido por los solicitantes. En consecuencia, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien fuera la ciudadana SILVIA ELENA MACHADO MANRIQUE, a favor de los ciudadanos JEISY GERALDINE GUAINA MACHADO y JESUS ALBERTO GUAINA MACHADO, antes identificados, en carácter de hijos de la referida de cujus.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las presentes actuaciones en original a los solicitantes, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias certificadas que sean requeridas por los interesados, antes del retiro del expediente, previa consignación de las copias simples de los recaudos pertinentes, de conformidad a lo previsto en los artículos 111 y 112 eiusdem.
Dada, firmada y sellada a los dos (2) días del mes de agosto de dos mil diez (2010), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA ACC.,
Abg. CAROLINA ALARCON REAÑO
En esta misma fecha, y siendo las (3:05) horas de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA ACC.,
Abg. CAROLINA ALARCON REAÑO
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