REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, diez de agosto de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : AP51-S-2009-003621
Vista la diligencia de fecha NURY ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.426.489, debidamente asistida por la abogada MAYRA PASCUAL, en su carácter de Defensora Pública Primera de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicita:
“Ciudadano Juez, solicito en este acto el retiro del dinero por la cantidad de (Bs.F 1.595,00) correspondiente a la compra de útiles escolares y monitor de computadora que la niña requiere para sus estudios, de la cuenta de ahorros del Banco Industrial de Venezuela Nº 0003-0081-15-0100461220, libreta que posee en custodia, ello a los fines de garantizar el derecho al estudio de mi hija, así mismo me comprometo a consignar las facturas correspondientes a estas compras como soporte de haber realizado las mismas…”
Esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, AUTORIZA a la ciudadana NURY ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.426.489, a retirar de la cuenta de ahorro aperturada en el Banco Industrial a favor de la niña ------, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.426.489, signada con el Nro. 0003-0081-15-0100461220, la suma de MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 1595,00), con el objeto que la prenombrada ciudadana, proceda a efectuar las compras de útiles escolares y monitor de computadora, instándose a la parte a consignar las respectivas facturas. ASI SE DECIDE. Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada.
LA JUEZA,

Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
EL SECRETARIO,

Abg. IVAN CEDEÑO.