REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Diez (10) de diciembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º

AP21-L-2010-005094.

Vista la diligencia presentada en fecha 02 de diciembre de 2010, suscrita por los ciudadanos VALDEMAR URIBE, titular de la cédula de identidad N° 14.985.309, debidamente asistido por la abogada DANIELA MARQUEZ , identificada con en el IPSA N° 148.046, en su carácter de apoderado judicial, mediante la cual desisten, tanto del procedimiento como de la acción intentada contra la EMPRESA INVERSIONES SOCARMA C.A., en consecuencia, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO en los términos expuestos ya que el mismo no vulnera los derechos del trabajador ni normas de orden público, dándole así efecto de Cosa Juzgada.
ASI SE ESTABLECE.
El Juez


Abg. Félix Manuel Milano
La Secretaria


Abg. Vanesa Veloz