ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-001341
PARTE ACTORA: ADRIANA MARIA MORALESTREJO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: NOVARTIS DE VENEZUELA S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE FRANCISCO HENRIQUEZ Y RAFAEL BLANCO
MOTIVO:PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, uno de diciembre de dos mil diez, siendo las 1:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar; situación contraria con la parte demandada que compareció por intermedio de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio JOSE FRANCISCO HENRIQUEZ y RAFAEL BLANCO, inscritos en el Inpreabbogado bajo los números 114.039 y 39.945 respectivamente; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de la devolución de pruebas a la parte demandada. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
El Juez
Abg. Neyiree Toledo
Parte Demandada
La Secretaria