REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve de diciembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : AP21-S-2010-001553
Visto el escrito transaccional presentado por el ciudadano PEDRO SANTANTA ESPEJO, titular de la cédula de identidad Nro. 10.335.027, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por la abogada en ejercicio LOIDA OJEDA , IPSA Nro. 70. 355, por una parte, y por la otra, la empresa “A.J.P. 11 CONSTRUCCIONES, C.A. ”, parte oferente, debidamente representada por la abogada en ejercicio ANGELICA JOSEFINA PEREZ, titular de la C.I.. Nro. 3 .959.598., en su carácter de Presidente de la demandada, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE JOAQUIN BOGGIANO,I.P.S.A. Nro. 9.960, quienes llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 27.300, este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo
La Jueza
La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Carmen Romero
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