JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACAION E EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPLITANA DE CARACAS

ACTA



N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2010-004922
PARTE ACTORA:JOSE CARLOS PEREZ ESTEVEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:ABOGADO ASISTENTE .- SOGNIA DEL CARMEN LAZZAR DE DURAN. IPSA.-13.778
PARTE DEMANDADA: PDV COMUNAL S.A .
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. ARABEL PEREZ IPSA.-75.720
MOTIVO: ESTABILIDAD

En el día hábil de hoy,10 de Diciembre de 2010, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE CARLOS PEREZ ESTEVEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.774.625 ASISTIDO POR LA ABOGADO SOGNIA DEL CARMEN LAZZAR DE DURAN. IPSA.-13.778y por la demandada PDV COMUNAL S.A , representada por la abogado ARABEL PEREZ IPSA.-75.720, carácter que consta en instrumento poder que consigna en original y copia a efectos de vista y posterior devolución por Secretaría. , quienes han llegado al siguiente acuerdo: La empresa persiste en el despido del trabajador y ofrece cancelar los conceptos por prestaciones sociales e indemnizaciones de Ley, por la cantidad de Bolívares CIENTO QUINCE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS., en cheque N°.-20757499, cuenta PDV Comunal 0105 0077041077962657 del Banco Mercantil, de fecha 07 de octubre de 2010, por la cantidad de Bs. 73.120,70 los cuales entrega la empresa al trabajador en este acto.El saldo restante de Bs.(39.406,03) correspondiente al Fideicomiso se encuentra depositado en el Banco Provincial, a la espera de ser liberado por la demandada y puesto a la disposición del trabajador. Los conceptos que cancelan la demandada comprenden la prestación de antigüedad acreditada y días adicionales. Indemnización y pago sustitutivo del preaviso Art 125, vacaciones fraccionadas y utilidades fraccionadas. Se deja constancia que la empresa realizo las deducciones de Ley. La empresa reconoce que adeuda al trabajador los salarios caídos que totalizan la cantidad de 37 días, los cuales la empresa se compromete a cancelar a la demandada por ante la UDRD, en horas de despacho el día 31 de enero de 2011.La parte actora debidamente asistido en este acto declara estar conforme con los conceptos cancelados por la demandada, declara que acepta el monto cancelado y declara recibir a su entera satisfacción el cheque N°.-20757499 , cuenta PDV Comunal 0105 0077041077962657 del Banco Mercantil, por la cantidad de Bs. (73.120,70) de fecha 07 de octubre de 2010. Declara estar de acuerdo con el monto del fideicomiso por la cantidad de Bs. (39.406,03) y declara estar de acuerdo en la fecha y forma de pago de los salarios caídos por de 37 días. Ambas partes solicitan copia certificada de la presente acta transaccional. De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, Art 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 del Reglamento da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .Se acuerda la copia certificada solicitada.


El Juez

El Secretario

Abg. Beatriz Pinto