REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Dieciséis (16) de Noviembre de dos mil Diez (2010)
200º y 151º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002962
PARTE ACTORA: PATRICIA MAGDALENA HOLGUIN ALCIVAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DOUGLAS JOSE VASQUEZ BELLO IPSA N°: 71.152
PARTE DEMANDADA: GRUPO TANGO 712, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: BERNARDO DÍAZ GRAU IPSA N°: 710.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy Dieciséis (16) de Noviembre de dos mil Diez (2010), siendo las 3:00 P.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este Juzgado deja expresa constancia de la incomparecencia a esta audiencia de la ciudadana PATRICIA MAGDALENA HOLGUIN ALCIVAR, Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil y titular de la cédula de identidad N°: V-16.677.121, en su carácter de parte actora en la presente causa, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente este Juzgado deja constancia de la comparecencia a la presente audiencia del ciudadano BERNARDO DÍAZ GRAU, abogado inscrito en el IPSA bajo el N°:710, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa, empresas GRUPO TANGO 712, C.A., tal como consta de poder que cursa en los autos. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en los artículos 62 y 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. En Caracas, a los Dieciséis (16) día del mes de Noviembre de 2010. Años 151° y 200°.
El Juez
Abg. Orlando Antonio Magallanes Pérez.
El Secretario.
Abg. Gustavo Portillo.
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en la sentencia, publicándose y registrándose la misma.
El Secretario.
Abg. Gustavo Portillo.
Los Presentes:
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