REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 8 de Diciembre de 2010
200º y 151º

Visto el Amparo Tributario interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03 de diciembre de 2010, por la abogada Mirtha Josefina Guédez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 6.768, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil CENTRO COMERCIAL LA BOYERA, C.A., contra la abstención lesiva de la Alcaldía del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, en otorgar la Certificación de Terminación de Obras en Edificaciones y Constancia de Habitabilidad de la Edificación del local N° 22 (minitiendas), establecido en el tercer piso del Centro Comerciad la Boyera, ubicado en la Avenida Intercomunal la Trinidad, El Hatillo, Urbanización La Boyera, jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda y las correspondientes Planillas de Pago por tasas administrativas tanto de inspección como la revisión, relacionadas con las obras que se ejecutaron en el local antes mencionado, este Tribunal lo ADMITE por cuanto la misma no es contraria al orden público o a alguna disposición de la Ley. En consecuencia notifíquese al Síndico Procurador Municipal y Alcalde del Municipio El Hatillo de la presente acción.

Igualmente cumpliendo con lo establecido en el Artículo 304 del Código Orgánico Tributario, ORDENA requerir informe al Alcalde del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, sobre las causas de la demora en resolver la petición de la accionante y, fija un término para la respuesta de tres (03) días de despacho, contados a partir de la fecha de notificación. Líbrense Oficios.
El Juez,

Raúl Gustavo Márquez Barroso.
La Secretaria,

Marbel Luz Castilla Valle


ASUNTO PRINCIPAL: AP41-U-2010-000598