REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 16 de Diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH13-V-2008-000188
Vistas las actas que conforman el presente asunto, el Tribunal en virtud de que se encuentra vencido el lapso de tres (03) días de Despacho concedido a la parte demandada, a fin de que diera cumplimiento voluntario a la sentencia definitiva de fecha 07 de abril de 2010 dictada por este Juzgado; e igualmente, confirmada el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante sentencia de 02 de junio del 2010, se decreta la ejecución forzosa de la referida sentencia.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 528 del Código de Procedimiento Civil, y a los fines de dar cumplimiento a lo estatuido el numeral segundo (2°) de la sentencia en cuestión, se ordena la ENTREGA MATERIAL, a la parte actora libre de bienes, personas el bien inmueble que se especifica a continuación: “un local comercial de sesenta y ocho metros cuadrados con cincuenta centímetros (68,50 Mts2) de planta baja y noventa y dos metros cuadrados (92 Mts2) de mezzanina, el cual forma parte de un Edificio también de su propiedad, ubicado en el Boulevard de Catia, Avenida España, Nº 78, frente al mercado Periférico de Catia, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital”.
Para la práctica de la medida de entrega material se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (a quien corresponda por Distribución). Líbrense comisión anexa a oficio.
EL JUEZ,


Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS.
LA SECRETARIA,


NAIROBIS M. DIAZ