REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, trece (13) de diciembre de 2010.-
200º y 151º
ASUNTO: AP31-S-2010-007523
SOLICITANTE: LUIS FERNADNO MERLANO ARRIETA
MOTIVO: TÍTULO SUFICIENTE SOBRE BIENHECHURÍAS.-
Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano LUIS FERNANDO MERLANO ARRIETA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, soltero y titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.188.014, asistido por el abogado Yordy Enrique Moncada, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 130.097; con la evacuación de las justificaciones promovidas, de los ciudadanos Gabriel Alejandro Canino Garcia y Rossely Tatiana Moreno Pereira, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda y titulares de la Cédula de Identidad números V-19.532.676 y V-22.498.625, según consta de las actas cursantes al expediente. En consecuencia, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente, a favor del ciudadano LUIS FERNANDO MERLANO ARRIETA, sobre las bienhechurías constituidas por una casa identificada con el número 18, construida sobre un lote de terreno ubicado en la Carretera Petare-Santa Lucía, Kilómetro 2, Barrio Vista al Ávila, sector Vista Hermosa, Parroquia La Dolorita, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, cuyos linderos y medidas están expresados en el escrito cursante al folio dos con su vuelto, así como las demás características de construcción y disposición de la casa identificada. El terreno sobre el cual fue construida la bienhechuría es propiedad privada, según se desprende de la información que fue suministrada al solicitante, a través de oficio N° 001825, emitido por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, anexado al expediente en original.-
Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal y entréguese original con sus resultas al solicitante. Expídanse las copias certificadas que sean solicitadas, antes del retiro del expediente, previa la consignación de la copia simple de los recaudos pertinentes.
Dada, firmada y sellada a los trece (13) días del mes de diciembre de dos mil diez (2010), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
___________________________________
Abg. ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
______________________________________________
Abg. CAROLINA DEL VALLE ALARCON REAÑO
En esta misma fecha (13-12-2010), y siendo las (10:05) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA Acc.,
Yrene
AP31-S-2010-007523
|