REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 02 de NOVIEMBRE de 2010.
200° y 151°

Vista la anterior solicitud de Declaración de Único y Universal Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la ciudadana CARLINA ROJAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.260.721, causahabiente del ciudadano CARLOS JOSE ROJAS, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-17.558.729, fallecido Ab-Intestato, en fecha 04 de septiembre del 2010, en el Hospital Miguel Pérez Carreño, Municipio Libertador del Distrito Capital. Devuélvanse las presentes actuaciones a la solicitante a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- CUMPLASE