REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Quince (15) de Diciembre de Dos Mil Diez (2010)
200° y 151°
Visto el error material en que se incurrió en el auto de fecha 17 de Marzo de 2010, mediante el cual se ordenó la citación del Presidente del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, y la notificación de la Procuradora General de la República, para lo cual se libraron oficios Oficios N° TS8CA-2010-0654 y TS8CA-2010-0653, respectivamente, siendo lo correcto ordenar la citación de la Ciudadana Procuradora General de la República y la notificación del Presidente del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, este Tribunal Superior revoca por contrario imperio los señalados oficios, en virtud de tratarse de un acto de mera sustanciación, a tenor del Artículo 310 del Código de Procedimiento Civil.
Del mismo modo, ordena librar oficio de citación a la Procuradora General de la República y oficio de notificación al Presidente del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat. Líbrense oficios.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp. 1310
JVTR/EFT/gpg/Jesús