REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Seis (06) de Diciembre de Dos Mil Diez (2010)
200° y 151°
Vista la Sentencia Interlocutoria dictada por este Tribunal Superior en fecha 22 de Noviembre del presente año, mediante la cual se “HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento efectuado mediante diligencia consignada el 28 de Julio de 2010 por la abogada Mirna Mercedes Rodríguez Villegas, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, Fundación de Edificaciones y Dotaciones Educativas (FEDE) y ORDENA el Archivo del expediente”, relativo a la Demanda Contencioso Administrativa ejercida conjuntamente con Medida Cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar contra la empresa Diseños de Ingeniería y Construcciones, C.A. (DICONCA), y Seguros Banvalor, C.A., y visto que venció el lapso para que la parte interesada interpusiera los recursos que considerare pertinentes, este Órgano Jurisdiccional declara firme la prenombrada sentencia y ordena el archivo del expediente en la sede de este Juzgado. El mismo consta de Ochenta y Seis (86) Folios Útiles su única pieza principal.
EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA

Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp. 1241
JVT/EF/gpg/Jesús