REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Tribunal Sexto (6to) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
de Niños Niñas y Adolescentes.
Caracas, 03 de diciembre de 2010.
Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación


ASUNTO: AP51-J-2010-019303
Vista la aceptación al cargo de Curador Ad-Hoc hecha por la ciudadana OLGA MERCEDES BERRIO JEROPUNOW, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.778.985, esta Juez del Tribunal Sexto de Mediación Sustanciación Ejecución y Régimen Transitorio de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el artículo 270 del Código Civil, DISCIERNE en la persona del ciudadano OLGA MERCEDES BERRIO JEROPUNOW, antes identificada, el cargo de CURADOR AD-HOC de la adolescente SE OMITE EL NOMBRE DE CONF. CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, de trece (13) años de edad, hija de la solicitante, ciudadana LISBETH MERCEDES BERRIO JEROPUNOW, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.558.969. Expídase por Secretaría copias certificadas de la presente decisión y de las actuaciones que conforman el presente asunto, y remítanse al Coordinador de la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada, una vez se aporten los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ


ABG. NURYVEL A. PEÑA GONZALEZ.
LA SECRETARIA


ABG. KATERY ROJAS.